Este plan consta de dos líneas distintas de actuación:
- Una primera línea de ayudas para nuevos autónomos en Galicia
- Otra para la contratación, por parte de los autónomos, de desempleados de manera indefinida durante los primeros años de actividad
- Primero. Personas beneficiarias Serán beneficiarias aquellas personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018, ambos inclusive, como titulares o cotitulares del negocio o explotación.
- Segundo. Objeto Este programa tiene por objeto la concesión de una ayuda económica a aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral.
- Tercero. Bases reguladoras Orden de 15 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa I, de ayudas a la promoción del empleo autónomo, cofinanciado parcialmente con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y el Programa II, de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas, y se convocan para el año 2018.
- Cuarto. Importe Para la concesión de estas ayudas se destinan catorce millones seiscientos sesenta y tres mil novecientos noventa y cinco euros (14.663.995 €).
- Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo general de presentación de solicitudes para el Programa I regulado en esta orden finalizará el 30 de septiembre de 2018.